Los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) corresponden al 24 de noviembre. Argentina y Uruguay, entre otros países extracomunitarios, también han firmado acuerdos con España en este sentido, pero han sido paralizados por el Congreso de los Diputados al entender que no cumplen los requisitos de reciprocidad exigidos para este tipo de acuerdos. Si el 22 de mayo de 2011, día de las elecciones municipales, estos acuerdos han entrado en vigor, los argentinos y uruguayos residentes en España podrán votar, pero parece altamente improbable.
El PP, principal grupo de la oposición, entiende que en ambos convenios no se dan plenas garantías para que los españoles que viven en estos países puedan votar en las mismas condiciones que los argentinos y uruguayos que residen en España, como obliga la Constitución española.
En Uruguay sólo se permite el voto a personas con familia legalmente constituida y, en caso de los extranjeros, con 15 años de residencia, mientras que en otros países sólo se piden dos.
El caso más polémico es el de Argentina, donde la legislación electoral está descentralizada y el Estado no puede fijar requisitos uniformes. En ese contexto, hay dos provincias (La Rioja y Formosa) que prohíben votar a los extranjeros y en el resto los requisitos son tan variados que imponen de 1 a 10 años de residencia, mayoría de edad de 18 a 21 años e incluso condiciones económicas para poder votar.
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