quinta-feira, 2 de março de 2017

Peru: Entró en vigencia la nueva Ley de Migraciones

Norma facilita el ingreso de extranjeros al país. Modifica estados migratorios según el tiempo de permanencia y actividades



A través del Decreto Legislativo 1305, publicado el 7 de enero, se oficializó la Nueva Ley de Migraciones. Esta norma, que ayer entró en vigencia, establece diversas reformas migratorias para aquellos extranjeros que deseen radicar en el Perú.
De acuerdo a la Superintendencia Nacional de Migraciones, esta legislación facilitará el ingreso de personal altamente calificado, inversionistas y voluntarios de otras naciones, lo cual “contribuirá al desarrollo del país”.
—Calidades migratorias—
La nueva norma determina dos calidades migratorias, según el tiempo de permanencia y las actividades que se desarrollarán. La primera calidad es la temporal, que el Estado otorgará a los extranjeros que lleguen al Perú sin ánimo de residencia y por estancias cortas. A esta se pueden acoger los visitantes que arriben como turistas, voluntarios (estadía máxima de 183 días), investigadores, negociantes, trabajadores temporales (365 días),  artistas, deportistas (90 días), tripulantes internacionales (30 días) y periodistas (el Gobierno determina el plazo de estadía).
La segunda calidad migratoria es la de residencia, con la cual se autoriza el ingreso a los extranjeros según las siguientes calificaciones: cooperante (experto o voluntario de cooperación gubernamental o no gubernamental ratificado por tratado internacional), formación o estudios (por un plazo máximo de 365 días), religioso (365 días), inversionista (365 días) y rentista (jubilado extranjero con  estadía indefinida), entre otras.
—Inversiones y rentas—
El superintendente nacional de Migraciones, Eduardo Sevilla, explicó que aquellos extranjeros que deseen invertir en el Perú podrán acogerse inicialmente a la calidad temporal de negociante. Si su inversión procede (compra de un inmueble, adquisición de bienes diversos, etc.), deberá optar por la residencia como inversionista.
“El objetivo es que, sea por negocio o por trabajo temporal, el extranjero pague impuestos en el Perú. Con esta ley nos hemos articulado con la Sunat y el Ministerio de Trabajo para un correcto monitoreo de cada caso”, dijo Sevilla a El Comercio.
Sevilla precisó que, respecto a los rentistas, su entidad ha recibido 120 consultas desde la promulgación de la norma, en enero pasado. Agregó que el 60%  de jubilados extranjeros que solicitó información sobre cómo radicar en el Perú procede de Estados Unidos y Europa.
—Orden interno—
Para el experto en temas migratorios, Carlos Aramburú, el fondo de la nueva ley es positivo, ya que fortalecerá las dinámicas migratorias del país. “Sin embargo, la apertura hacia los inmigrantes requiere un control del orden interno, para verificar que los extranjeros no tengan antecedentes penales y policiales, por ejemplo”, dijo.
Sobre el particular, la nueva Ley de Migraciones establece que el extranjero que incurra en causal de expulsión (por cometer algún delito) abandonará el país con un impedimento de reingreso por hasta 15 años. 
El Comercio
www.miguelimigrante.blogspot.com

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