domingo, 7 de novembro de 2010

CARTA INVITACION PARA INGRESAR A ESPAÑA

este artículo publicado en el periódico español de circulación gratuita En Latino, se explica en qué consiste la carta de invitación para ingresar a España.
¿Está tramitando el visado de su madre en Ecuador, Colombia, Perú? ¿Un amigo de Argentina o Paraguay quiere venir a visitarlo?
La carta de invitación es uno de los documentos que exigen los consulados para gestionar una visa de turista (en lugar de la reserva de hotel) y el requisito favorito de la policía de frontera para denegar la entrada de los latinoamericanos que no necesitan visado para entrar a España.
Según el abogado de extranjería Édgar Gómez Navas, es importante aclarar que la carta de invitación no garantiza la expedición del visado. “La gente cree que el problema es conseguir la carta, pero la verdad es que la otorgan en el 95% de los casos. Es un negocio para la policía, que cobra más de cien euros por elaborarla”.
Lo que sí es complicado es reunir la cantidad de papeles exigidos, que además pueden variar de una comisaría a otra o entre provincias.
Sin ir más lejos, en las estaciones de policía de Madrid advierten que se trata de un “texto variable con los requisitos que pueden ser exigidos”.
Documentos relativos a la vivienda
Escritura pública o título de propiedad (si la casa es propia)
Contrato de arrendamiento (si vive de alquiler)
Certicado municipal del número de personas que están empadronadas en la vivienda.
Justificado del presidente de la comunidad (del edificio) que especifique cuántas personas habitan el piso.
Documentos del invitante
DNI o tarjeta de residencia
Pasaporte
Medios económicos del invitante: tres últimas nóminas, declaración de renta (si tiene), cartilla del paro, etcétera.
Documentos que acreditan el vínculo con el invitado
En caso de ser familiares: registro civil de nacimiento o cualquier documento que demuestre el parentezco.
Copia del pasaporte autenticada o compulsada de forma oficial.
En caso de ser amigos o pareja: fotografías, correspondencia, correos electrónicos o vídeos que demuestren la relación.
Certificación oficial que acredite el domicilio del invitado. Se trata de uno de los puntos más complicados, ya que en nuestros países no existe nada parecido al empadronamiento. Los expertos recomiendan acercarse a la alcaldía o municipalidad y solicitar certificado de vivienda. En cada ciudad lo resuelven de forma distinta: a veces entrevistan a los vecinos, en otras partes exigen facturas del gas y la electricidad. En conclusión, es mejor que el invitado se prepare para la cara de asombro del funcionario cuando le pida este documento.
Todos los documentos se deben presentar en original y copia. Como si fuera poco, no se admite nada escaneado (enviado por correo electrónico)
Después de reunir semejante papeleo, tendrá que pasarse por la comisaría de la Policía Nacional más cercana a su domicilio para solicitar un impreso que deberá entregar diligenciado. En Barcelona, se tiene que gestionar en la estación policial de la calle Guadalajara.
El trámite se demora alrededor de quince días, dependiendo del lugar. Si le resulta aprobada tendrá que pagar dos tasas que suman 103 euros.
Por último, es importante que recuerde que la nueva Ley de Extranjería sanciona como falta grave “la promoción de la permanencia irregular en España”. Esto quiere decir que si el invitado decide quedarse a vivir en su casa despúes del vencimiento del visado, a usted le puede caer una multa de hasta 10 mil euros, además de poner en riesgo su propio permiso de residencia.

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